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COOPERATIVA AGRICOLA

 

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COOPERATIVA AGRICOLA.
Artículo Nro. 2: La Cooperativa tiene como objeto;
a) Vender los cereales y demás productos agrícolas de sus asociados;
b) Adquirir por su cuenta y proveer a los asociados o adquirir por cuenta de estos artículos de consumo y del hogar, productos, máquinas, repuestos, enseres, bolsas, hilos etc. necesarios para la explotación agrícola y para el consumo de las familias de los asociados y del personal empleado en la actividad o tarea a que se dediquen;
c) Establecer fábricas para el manipuleo o producción de abonos, máquinas, semillas, bolsas y otros materiales necesarios a la industria agrícola y para la transformación de los productos de ésta y sus derivados;
d) Adquirir y/o arrendar campos para sí o para los asociados;
e) Conceder adelantos en dinero en electivo a cuenta de productos entregados o sobre la cosecha a recoger;
f) Propender al mejoramiento de la industria agraria;
g) Gestionar ante las Autoridades públicas, empresas de transportes, de navegación, ..,la modificación de tarifas y todos los beneficios posibles para el afianzamiento económico del agricultor;
h) Auspiciar y crear la creación de viveros y semilleros cooperativos y organizar consocios camineros;
i) Instituir concursos y premios para estimular el mejoramiento de la industria agrícola. - - - - -
Artículo Nro. 7: Podrán asociarse a esta Cooperativa toda persona de existencia visibles o ideales que se dediquen a la explotación agrícola, que acepte el presente estatuto y reglamentos que se dicten y no tengan intereses contrarios a la misma. Los menores de 18 años y damas incapaces podrán pertenecer a la Cooperativa por medio de sus representantes legales, pero no tendrán ni voz ni voto en las Asambleas, sino por medio de estos últimos. Las personas de existencia visibles tendrán que informar ante el Consejo de Administración, por escrito, quién la representará. - - - - -
Artículo Nro. 8:
d) Entregar la producción a la Cooperativa. - - - - -
Artículo Nro. 52:
b) Acordar adelantos en dinero, a cuenta de productos entregados o a entregar, fijando sus intereses, plazos y garantía;
c) Fijar la tasa que los asociados han de abonar por el servicio de venta de los productos que entreguen a la Cooperativa. - - - - -







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